Firma electrónica de documentos

Firma electrónica avanzada de documentos

Spairal le ofrece una solución de firma electrónica avanzada que le permitirá enviar documentos vía email para que un tercero, los abra, los revise y de su conformidad quedando el documento electrónicamente firmado.

Firme sus documentos con la misma facilidad con la que firmamos documentos en papel.

Firma electrónica avanzada, sencilla y segura

Mejore el servicio y coste de sus operaciones administrativas, introduciendo la firma electrónica en su sistema.

Petición de firma

Enviarás una petición de firma.
 

Firma
 

Con un solo click, la firma estará realizada.

Conservación documento

Ambos podréis acceder al documento firmado.

Nuestros clientes ya utilizan nuestra solución de firma electrónica avanzada en el siguiente escenario:

  • Firma de contratos en formato digital.
    La firma de contratos en papel se ve superada por la firma electrónica. Según el artículo 25 del Reglamento UE 910/2014 no se negará valor a una firma por ser electrónica, y una firma electrónica cualificada es equivalente a una firma manuscrita en todos los países de la Unión Europea.
  • Firma de autorizaciones.

Beneficios

  • Ahorro administrativo, de gestión y de impresión que conllevan estos trámites.
  • Incrementar la productividad y eficiencia de los empleados.
  • E-Archivado de documentos electrónicos.
  • Facilita un entorno “sin papel” o “papel cero”.
  • Se pueden firmar documentos en formato pdf.
  • Facilidad de uso para el usuario.
  • Facilidad de acceso a la información.
  • Seguridad.

Firma Electrónica Avanzada vs Firma de Tinta sobre Papel

En caso de controversia, una firma de tinta sobre papel (conocida como firma manuscrita o firma hológrafa) puede requerir la realización de una prueba pericial caligráfica que coteje la firma controvertida contra varias firmas indubitadas. La firma electrónica avanzada se fundamenta en el artículo 26 del reglamento EU 910/2014 (EIDAS) que vincula al firmante con lo firmado en un contexto de evidencias electrónicas.

En caso de controversia, las evidencias electrónicas deben demostrar la vinculación del firmante con lo firmado y la identidad del firmante.